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¿QUIÉN TIENE DERECHO?
Un adulto al que se le haya otorgado período probatorio y que lo haya terminado exitosamente, ya sea completando las condiciones del período probatorio o que haya sido exonerado exitosamente antes de terminar su período probatorio.
No puede estar en período probatorio o cumpliendo una sentencia por cualquiera otro delito (Cód. Pen., § 1203.4)
¿CUÁLES SON LOS EFECTOS DE LA SUPRESIÓN?
Resultará en:
1. El retiro del caso;
2. Le permitirá a usted responder en solicitudes de empleo que no ha sido condenado. Sin embargo, si está solicitando un empleo de gobierno o un empleo que requiera de licencia, certificado o permiso expedidos por el gobierno o un empleo que requiera de investigación para tener acceso a información sobre seguridad, la condena será descubierta - en tales casos, debe revelar la condena y su supresión;
3. Si la condena fue por un delito mayor, la supresión sería el primer paso en la obtención de un perdón.
No resultará en:
1. Remoción de su condena de su "Hoja de Antecedentes" - en los historiales delictivos de California y del FBI, la condena y la supresión seguirán figurando, "de acuerdo con el art. 1203.4 del C.P.";
2. Recuperar el derecho a poseer armas de fuego (la reducción a delito menor podría lograr esto si el delito no involucró violencia);
3. Quitar que se registre como ofensor sexual por PC290. Si la solicitud de borrar sus antecedentes es aprobada, los que se registren deben de completar y llenar los documentos pidiendo un Certificado de Rehabilitación, cuando sea elegible, un Cerificado de Rehabilitación aliviara a algunos ofensores de registrarse, esto es cierto para las convicciones de felonías o Crímenes Mayores y o Crímenes Menores.
4. Permitir que usted omita mencionar la condena en solicitudes para licencias expedidas por el gobierno;
5. Sellar o de forma alguna remover el expediente del caso ante el tribunal de inspección pública - cualquier persona que sepa en donde buscar podrá encontrar el expediente del tribunal (los informes de período probatorio se encuentran en expedientes confidenciales y no está sujetos a inspección pública 90 días después de la sentencia);
6. Impedir que la condena sea utilizada como un "antecedente" o "Strike Prior" para aumentar el castigo en caso de condena subsecuente;
7. Impedir que la condena sea utilizada para desacreditarlo si se le llama para ser testigo;
8. Impedir que la condena sea considerada y utilizada para negar o revocar licencias y permisos del gobierno tales como licencia para ventas de bienes raíces, credencial para maestros, licencia de conductores de autobuses, certificado de guardia de seguridad, etc.; Sin embargo, la supresión podría reducir la importancia que la dependencia expedidora de la licencia le dé la condena.
9. Impedir que la condena sea utilizada por el INS [Servicio de Inmigración y Naturalización, por sus siglas en inglés] con propósitos de expulsión y exclusión.
¿COMO SE HACE?
Haga click aquí para bajar o imprimir el cuestionario en formato PDF. Complete el cuestionario y envíelo a:
The Department of the Primary Public Defender
Attn: Expungement Clerk
450 "B" Street, Suite 900
San Diego, CA 92101
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